Micelio
Auto6 de abril de 2011

A- de 2011

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Jesusa Morales Vivas Vrs Accion Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevencion
  • Libertad del actor de elegir la especialidad del juez de tutela competente
  • Cambio de jurisprudencia
Accion De Tutela De Persona Desplazada Contra Accion Social
  • Competencia de Juzgado Administrativo del Circuito
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia.

El proceso le correspondió por reparto al Juzgado 1º.

Administrativo de Medellín, quien no avocó el conocimiento del caso por considerar que el escrito de demanda estaba dirigido al Juez Penal del Circuito de esa misma ciudad y que por tanto, debía respetar la voluntad del accionante de escoger la especialidad del juez que debía conocer su tutela.

En nuevo reparto, recibió el expediente el Juzgado 7 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, quien manifestó no compartir los argumentos del Juzgado 1º.

Administrativo y, sin avocar la competencia, le devolvió el expediente proponiéndole el conflicto, en caso de no acoger los planteamientos expuestos.

La Corte se pronuncia sobre el tema de competencia a prevención y precisa que este término significa que cualquiera de los jueces que sea competente de acuerdo con las normas que regulan la materia, tiene el deber de conocer la acción de tutela, independientemente de la especialidad escogida por el actor.

Se ordena remitir el expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Medellín.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 4 de marzo de 2011 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Medellín.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Primero. Administrativo del Circuito de Medellín para que, de forma inmediata, tramite la acción de tutela iniciada por Jesusa Morales Vivas contra Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Acción Social, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991
  5. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
  6. Séptimo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, la decisión adoptada en esta providencia.
  7. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.